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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
43Alcobendas. Régimen económico. Padrones fiscales
Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días para su examen y reclamación por parte de los interesados, los padrones de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:

Durante el plazo indicado de exposición al público, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Europeo 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el Servicio de Atención al Ciudadano (sito en plaza Mayor, número 1, planta baja, del Ayuntamiento) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente le afecten, en horario de atención al público:

Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer ante el concejal delegado de Economía, Hacienda, Coordinación, Planificación, Organización y Calidad del Ayuntamiento de Alcobendas, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los presentes padrones.
Alcobendas, a 10 de marzo de 2022..El alcalde accidental (conforme a la atribución de funciones del alcalde, según decreto número 3984, de 8 de marzo de 2022), Rafael Sánchez Acera.
(01/5.173/22)</texto>
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