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    <titulo>– Cercedilla. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
46Cercedilla. Régimen económico. Padrón fiscal
Habiendo sido aprobado por decreto de Alcaldía el día 8 de marzo de 2022, se encuentra expuesto al público en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana 2022. El plazo de exposición será de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
El período voluntario de pago será:

Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades, BBVA, Santander y en la sede electrónica www.cercedilla.es
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria. Contra los datos del padrón expuesto podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.
Cercedilla, a 8 de marzo de 2022..El alcalde, Luis Miguel Peña Fernández.
(01/4.928/22)</texto>
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