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AYUNTAMIENTO DE PARLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
83Parla. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto de la resolución de 24 de enero de 2022 del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades ciudadanas para la participación en el desfile de Carnaval.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
BDNS (Identif.): 607834
Primero.  Beneficiarios..Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Parla con anterioridad al 1 de enero de 2020.
Segundo.  Objeto..La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y condiciones que regirán las concesiones de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la participación en el Desfile de Carnaval que se celebrará el 26 de febrero de 2022 en Parla.
Tercero.  Bases Reguladoras..Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto.  Cuantía..La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 10.000 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidos las aplicaciones presupuestarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.02 “Proyectos Subvencionados de Interés Municipal”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2022 tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..Las solicitudes normalizadas junto con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta quince días después, contados desde el día siguiente al de la publicación en boletín oficial a través de la Base Nacional de Subvenciones. Así mismo la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, portal web municipal.
Parla, a 26 de enero de 2022..El concejal del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
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