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    <titulo>– Alcalá de Henares. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Alcalá de Henares. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
El Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en sesión celebrada el 18 de enero de 2022, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 7 del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y de la ordenanza fiscal número 31 de las tasas por prestación de servicios y utilización de instalaciones de las ciudades deportivas municipales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se pone en general conocimiento que, durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrá examinarse el expediente por los interesados en el Órgano de Gestión Tributaria de la Concejalía de Hacienda, sito en plaza de Cervantes, 4, en horario de 9 a 14 horas, pudiendo presentarse dentro de dicho plazo las reclamaciones que se estimen oportunas, con la expresa indicación de que en el caso de que no se formule ninguna reclamación, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado.
El texto aprobado provisionalmente puede consultarse en la sede electrónica de la web municipal (www.ayto-alcaladehenares.es), en el enlace correspondiente a “normativa en tramitación”.
Alcalá de Henares, a 20 de enero de 2022..La cuarta teniente de alcalde, concejala-delegada de Educación, Hacienda, Contratación y Patrimonio Municipal y Patrimonio Histórico, Diana Díaz del Pozo.
(03/1.288/22)</texto>
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