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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento 2088/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13
65Madrid número 13. Procedimiento 2088/2021
EDICTO
Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 2088/2021, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Sentencia número 393/2021
En Madrid, a 16 de noviembre de 2021..El ilustrísimo señor don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 13 de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el número 2088/2021, en los que aparecen como denunciante perjudicada El Corte Inglés, asistida de letrado y como parte denunciada don Hernán Darío Salazar, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes
Fallo
Condeno a don Hernán Darío Salazar, como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del artículo 234.2 y 3 del Código Penal, en grado de tentativa del artículo 16, a la pena de 40 días multa, con una cuota diaria de 4 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. Asimismo, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil a la denunciante en la cantidad de 29,95 euros. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma
Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
Publicación..Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez, que la dictó celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su fecha. De lo que yo el Letrado de La Administración de Justicia doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Hernán Darío Salazar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 25 de diciembre de 2021..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/35.160/21)</texto>
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