<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20211228-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/12/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 35. Ejecución 182/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>309</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20211228-132</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/12/28/BOCM-20211228-132.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/12/28/BOCM-20211228-132.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/12/28/BOCM-20211228-132.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/12/28/BOCM-20211228-132.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35
132Madrid número 35. Ejecución 182/2021
EDICTO
Dña. MARÍA BLANCA GALACHE DÍEZ LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 35 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 182/2021 de este juzgado de lo Social seguido frente a AVANZADI INNOVACION DIGITAL S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Auto y Decreto de fecha 9/12/2021.

Este Edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AVANZADI INNOVACIÓN DIGITAL S.L. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción “Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid	

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/33.899/21)</texto>
</documento>