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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>DAGANZO DE ARRIBA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 27 de octubre de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos número 013/2021, del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto.
Una vez efectuada la modificación, el resumen por capítulos del presupuesto de gastos e ingresos es el siguiente:

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Daganzo, a 13 de diciembre de 2021..El concejal-delegado de Economía y Hacienda, Juan Antonio Rodríguez de Blas.
(03/34.018/21)</texto>
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