<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20211119-78</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/11/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Anexo inversiones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>276</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20211119-78</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/11/19/BOCM-20211119-78.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/11/19/BOCM-20211119-78.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/11/19/BOCM-20211119-78.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/11/19/BOCM-20211119-78.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
78Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Anexo inversiones
La Junta Plenaria, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2021, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación del anexo de inversiones vinculado al presupuesto general de esta entidad para el ejercicio 2021, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de información pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como en el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a su publicación:

Contra la aprobación definitiva, los interesados legitimados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualesquiera otros recursos que estimen procedentes. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Dado en Griñón, a 9 de noviembre de 2021..El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/31.535/21)</texto>
</documento>