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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
85Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de ventas ambulantes y rodaje cinematográfico. Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales o sede electrónica del Ayuntamiento para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Talamanca de Jarama, a 29 de octubre de 2021..El alcalde-presidente de Talamanca de Jarama, Juan Manuel García Sacristán.
(03/30.797/21)</texto>
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