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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Organización y funcionamiento. Ordenanza servicios comida a domicilio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
73Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Organización y funcionamiento. Ordenanza servicios comida a domicilio
Aprobado inicialmente el expediente de aprobación de ordenanza reguladora para la prestación del Servicio de Comidas a Domicilio para Personas en Situación de Vulnerabilidad Social en el Ámbito de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por acuerdo de la Junta Plenaria de esta Mancomunidad en sesión ordinaria celebrada en fecha 28 de septiembre de 2021, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de esta entidad, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la ordenanza reguladora estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esta entidad, a través del enlace: http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Dado en Griñón, a 8 de octubre de 2021..El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/29.316/21)</texto>
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