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    <titulo>– Villalbilla. Régimen económico. Padrón fiscal</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
68Villalbilla. Régimen económico. Padrón fiscal
Aprobado por Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2021, queda expuesto al público en el Servicio de Recaudación Municipal de este Ayuntamiento el padrón relativo a la tasa por inspección de solares sin vallar referido al ejercicio 2021.
La cobranza tendrá lugar en período voluntario desde el 29 de octubre hasta el 29 de diciembre de 2021, ambos inclusive.
Terminado el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo, en los términos establecidos en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos, a cada uno de los sujetos pasivos.
Contra el acto de aprobación y de las liquidaciones, puede formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de su exposición pública, lo cual no obsta a la ejecutividad recaudatoria de los padrones.
Dicho padrón se expondrá al público, por el plazo reglamentario de quince días.
En Villalbilla, a 11 de octubre de 2021..El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(01/29.352/21)</texto>
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