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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
66Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Ordenanzas fiscales
1.  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17.1 de TRLRHL la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 18 de octubre de 2021, ha aprobado provisionalmente el proyecto de modificación de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección de los tributos locales y otros ingresos de derecho público, ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles, ordenanza fiscal del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana y la ordenanza fiscal de la tasa por tramitación y expedición de documentos de Torrejón de Ardoz.
2.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 17.2 de TRLRHL, el acuerdo provisional citado, se expondrá al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comenzando a contar su plazo a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad  de Madrid, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
3.  En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de plazo el acuerdo provisional, se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
Torrejón de Ardoz, a 19 de octubre de 2021..El concejal de Hacienda y Patrimonio (firmado).
(03/29.916/21)</texto>
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