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    <identificador>BOCM-20210902-86</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/09/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 1410/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17
86Madrid número 17. Procedimiento 1410/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA GARCÍA FERREIRA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL nº 17 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1410/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUCIA MARTI MARTINEZ frente a EBIZGUIDES SL, MTH MULTIMEDIA, SL, WORLD INVESTMENT NEWS INC, NOMAD SPIRIT MULTIMEDIA S.L., FOGASA, y MINISTERIO FISCAL sobre materia civil se ha dictado la siguiente resolución de fecha 09/06/2021:
Contra dicha resolución puede interponerse recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo cinco días hábiles, a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado sito en la calle Princesa nº 3, planta 5ª, de Madrid.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a WORLD INVESTMENT NEWS INC, EBIZGUIDES SL, MTH MULTIMEDIA, SL y NOMAD SPIRIT MULTIMEDIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.419/21)</texto>
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