<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210824-36</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/08/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento 172/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>201</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20210824-36</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/24/BOCM-20210824-36.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/24/BOCM-20210824-36.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/24/BOCM-20210824-36.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/24/BOCM-20210824-36.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
36Madrid número 14. Procedimiento 172/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 172/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CAROLINA HERNÁNDEZ LEMOS frente a MARIEN GOURMET S.L.U sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA N° 337/2021

En Madrid, a 29 de julio de dos mil veintiuno.

FALLO

ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por CAROLINA HERNANDEZ LEMOS, contra MARIEM GOURMET SLU declaro improcedente el despido del trabajador efectuado el día 31-12-2020, con efectos de ese día, declarando extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución condenando a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad de 6.769,95 euros, más otros 10.136,70 euros correspondientes a salarios de tramitación.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MARIEN GOURMET S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/25.168/21)</texto>
</documento>