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    <titulo>– Monterivas 42, S. Coop. Mad. Disolución cooperativa</titulo>
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  <texto>V. OTROS ANUNCIOS
MONTERIVAS 42, S. COOP. MAD.
49Monterivas 42, S. Coop. Mad. Disolución cooperativa
El 26 de febrero de 2021, en la asamblea general universal de la Sociedad Cooperativa “Monterivas 42, Sociedad Cooperativa Madrileña”, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero..La disolución de la sociedad, así como su liquidación simultánea, por la imposibilidad de realizar la actividad cooperativizada, de conformidad con el artículo 93.b) y c) de la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid (LCCM).
Segundo..La aprobación del balance final de liquidación, de 25 de mayo de 2021, con el resultado que a continuación se expone:

Tras ser informados por el interventor de la cooperativa del informe del balance de liquidación, queda confirmado que no existen deudas sociales que liquidar con otros acreedores, ni capital social a favor de la cooperativa, por lo que no tendrá lugar, a posteriori, adjudicación y reparto del haber social entre los socios; todo ello, de conformidad con lo establecido al respecto en el artículo 100.1 de la LCCM.
Al no existir excedentes ni beneficios, no tendrá lugar retorno cooperativo alguno en relación con la reserva de educación y promoción cooperativa y la reserva voluntaria. La reserva obligatoria es irrepartible entre los socios, tal y como establece el artículo 62 de la LCCM.
Tercero..Cese en sus cargos de los miembros del órgano de administración:
.	D. Daniel Yáñez Cobo, presidente.
.	D. Miguel Benito García, vicepresidente.
.	D. Rubén Aguilar Fernández, secretario.
.	D. Ignacio Callejo Mateos, Interventor.
Cuarto..Nombramiento de liquidadores de la sociedad, por tiempo indefinido y con todas las atribuciones y facultades legales: D. Daniel Yáñez Cobo, D. Rubén Aguilar Fernández y D. Francisco Quero Cano, todos ellos con domicilio a estos efectos en calle Marie Curie, número 5, bajo 7, Rivas-Vaciamadrid, 28521 Madrid, quienes aceptan sus cargos ante la propia asamblea general y manifiestan no estar afectados por ninguna incapacidad o incompatibilidad tanto estatutaria como legal contenida en el artículo 41 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Quinto..Los liquidadores designados quedan facultados para la publicación de los citados acuerdos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en dos de los diarios de mayor circulación de la citada región. Asimismo, se les faculta para elevar a público dichos acuerdos y para solicitar del Registro de Cooperativas la cancelación de los asientos referentes a la cooperativa extinguida.
Madrid, a 4 de mayo de 2021..Los liquidadores, Rubén Aguilar Fernández, Daniel Yáñez Cobo y Francisco Quero Cano.
(02/25.359/21)</texto>
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