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    <identificador>BOCM-20210809-91</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 52/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
91Madrid número 24. Ejecución 52/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARTA MENÁRGUEZ SALOMÓN, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 52/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA ISABEL AREVALO CABALLERO frente a LES JARDINS DE BAGATELLE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 29.304,07 euros de principal; se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado LES JARDINS DE BAGATELLE SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Así mismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, se pone en conocimiento de la parte ejecutante que los testimonios necesarios para su presentación ante el FOGASA se remiten por correo certificado con acuse de recibo.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LES JARDINS DE BAGATELLE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.435/21)</texto>
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