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    <titulo>– Brunete. Régimen económico. Ordenanza tasa expedición documentos administrativos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BRUNETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
41Brunete. Régimen económico. Ordenanza tasa expedición documentos administrativos
El Pleno del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el día 21 de julio de 2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubieren presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Brunete, a 29 de julio de 2021..El alcalde en funciones, Juan Ruiz Gómez.
(03/24.848/21)</texto>
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