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    <identificador>BOCM-20210806-41</identificador>
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    <departamento>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO</departamento>
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    <fecha_disposicion>2021/07/19</fecha_disposicion>
    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 20 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada AEESCAM-Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid (número de registro de la asociación 28000032)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
41RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada AEESCAM-Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid (número de registro de la asociación 28000032).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por don Ignacio Arellano López, en representación de la asociación empresarial denominada AEESCAM-Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2021/000192, en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 14 de mayo de 2021, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificación del acuerdo de modificación estatutaria adoptado por la Asamblea General extraordinaria celebrada el 25 de marzo de 2021, firmado por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifica el artículo 2 de los estatutos (se suprimen los puntos 4.o y 9.o y se modifica la redacción del punto 1.o).
Segundo
Que examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la asociación empresarial AEESCAM-Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de la Comunidad de Madrid, así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 20 de julio de 2021..La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
(03/24.769/21)</texto>
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