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    <identificador>BOCM-20210806-3</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2021/08/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2021/07/28</fecha_disposicion>
    <titulo>Aspirantes proceso selectivo
– Resolución de 29 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden del Ministerio de Justicia, de 15 de julio de 2021, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
3RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden del Ministerio de Justicia, de 15 de julio de 2021, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.
La normativa reguladora de las bases comunes que rigen los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos o escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, concretamente la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, establece en su base decimoséptima que los Tribunales elevarán al órgano competente del Ministerio de Justicia la relación de aprobados, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas.
Así se establece también en la base 7.8 de la Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto, por la que se convoca proceso selectivo, para ingreso por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
De acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid en materia de gestión del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con las competencias atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, modificado por el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General 
RESUELVE
Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden del Ministerio de Justicia de 15 de julio de 2021, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto, según Anexo.
Madrid, a 29 de julio de 2021..El Director General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Pedro Irigoyen Barja.
ANEXO
Finalizadas las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocadas por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de agosto de 2019), y recibida del Tribunal Calificador la relación de aspirantes que han superado las mismas.
Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoséptima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” del 15 de marzo de 2019), y en las bases 7.8 y 8 de la Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto, ha acordado:
Primero
Hacer pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas que figura en el Anexo II de esta Orden.
Segundo
En el plazo de veinte días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial del Estado”, los aspirantes que figuran en el Anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0010560-Procesos selectivos Administración de Justicia-Oficina 000011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia, la siguiente documentación:
a)	Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.
b)	Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
c)	Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:
.	Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
.	Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.
d)	En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
e)	Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (Anexo I).
Quienes, dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base novena de las bases comunes y en la base cuarta de la Orden de convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Tercero
Los aspirantes presentarán la anterior documentación especificada junto con un escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad, cuerpo al que acceden, ámbito territorial, número de orden obtenido en el concurso-oposición y teléfono y correo electrónico de contacto, a fin de agilizar la identificación en la revisión de documentos.
Cuarto
A efectos de la presentación de la documentación requerida se habilita como hábil el mes de agosto.
Quinto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, a 15 de julio de 2021..El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, Concepción López- Yuste Padial.
























































































(03/25.015/21)</texto>
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