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    <titulo>– Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza precio público residencia y centro de día</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>BUITRAGO DEL LOZOYA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
46Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza precio público residencia y centro de día
Por acuerdo del Pleno, de 27 de mayo de 2021, se aprobó definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estancia y uso de los servicios de la Residencia de Ancianos y Centro Día “Miralrío”, lo que se publica a los efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 
Modificar la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estancia y uso de los servicios de la Residencia de Ancianos y Centro Día “Miralrío”, en los términos que a continuación se indican: 
Se modifica el artículo 6.1, quedando redactado:
“6.1.  Tarifas en Centro Residencial: la cuantía de estos precios públicos será aprobada, una vez al año, por el Pleno Municipal, figurarán en el Anexo de Tarifas”.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Buitrago del Lozoya, a 21 de julio de 2021..El alcalde, Tomás Fernández Vidal.
(03/24.261/21)</texto>
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