<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210802-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/08/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Arroyomolinos. Régimen económico. Padrón fiscal actividades económicas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>182</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20210802-40</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/02/BOCM-20210802-40.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/02/BOCM-20210802-40.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/02/BOCM-20210802-40.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/02/BOCM-20210802-40.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARROYOMOLINOS</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
40Arroyomolinos. Régimen económico. Padrón fiscal actividades económicas
Don José Vicente Gil Suárez, concejal-delegado de Economía y Hacienda en el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), según decreto de delegación número 1315/2020, de 20 de mayo, hace saber que la matrícula definitiva del padrón del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2021 se ha aprobado por Decreto 2438/2021, de 20 de julio, y se haya expuesto al público en el Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación a los efectos de que en el plazo de diez días hábiles a partir de la presente publicación cualquier interesado pueda interponer reclamaciones al mismo, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
El período de pago voluntario será el comprendido entre el entre el 1 de octubre y el 3 de diciembre de 2021 y podrá hacerse efectivo en cualquier oficina de las Entidades Financieras Colaboradoras que a continuación se relacionan, en horario habitual de caja:
.	Ibercaja, Banco Sabadell, Banco Santander, Bankia, Liberbank, Unicaja, La Caixa, BBVA, Cajamar.
En el plazo de un mes, y con carácter potestativo, podrá presentarse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en los términos previstos en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), a contar desde la finalización del período de la exposición pública.
Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Arroyomolinos, a 20 de julio de 2021..El concejal-delegado de Economía y Hacienda, José Vicente Gil Suárez.
(01/24.237/21)</texto>
</documento>