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    <titulo>Móstoles número 3. Procedimiento 74/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>172</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3
97Móstoles número 3. Procedimiento 74/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 74/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARIA NIEVES MUÑOZ frente a FOGASA y HARVIE RESTAURANTE, S. L., sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia de fecha 8/6/2021, cuyo fallo dispone:

Que estimando la demanda formulada por DOÑA MARIA NIEVES MUÑOZ DÍAZ contra HARVIE RESTAURANTE, S. L.

Primero..Debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte demandante, y en consecuencia, siendo inviable la readmisión, debo declarar y declaro extinguida con efectos de la presente resolución la relación laboral entre las partes, condenando como condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 4.027,81 euros en concepto de indemnización por no readmisión y la cantidad de 15.480 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha de efectos del despido (30/6/2020) hasta la extinción de la relación laboral (8/6/2021).

Segundo..Debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 1.690,62 euros, como salarios pendientes a la fecha del despido, más el 10% de interés por mora.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HARVIE RESTAURANTE, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 28 de junio de 2021.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/22.355/21)</texto>
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