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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 7/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
81Móstoles número 2. Ejecución 7/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 02 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 7/2021 (Ejecución: ) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO CHAPARRO JIMENEZ frente a ZAFER E HIJOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :

TASACION DE COSTAS

Que en cumplimiento de lo acordado practico en autos arriba referenciados:

 Honorarios ejecución Sr. Letrado D./Dña. ENCARNACION BRAVO CEPEDA

Por aplicación del art. 394.3 de la LEC se reduce la minuta a la tercera parte de la cuantía del proceso, que según demanda es 1.054’34 euros (Principal y 10% de mora), siendo la cantidad recogida en sentencia.

					   351’45 euros
				IVA 21 %: 73’80 euros
				 TOTAL: 425’25 euros

Importa la anterior tasación los figurados CUATROCIENTOS VEINTICINCO EUROS CON VEINTICINCO CENTIMOS, a cuyo pago viene obligada la condenada en las presentes actuaciones.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de DIEZ DIAS, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo.

A)	Por INDEBIDAS, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.
B)	O, por EXCESIVOS, los honorarios de Abogados, Peritos o profesionales no sujetos a arancel.
C)	O, por NO HABERSE INCLUIDO gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de Abogado, Perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.
D)	Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención. ( Art 245 de L.E.C).

En Móstoles a veinte de abril de dos mil veintiuno.

El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ZAFER E HIJOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a once de junio de dos mil veintiuno.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.032/21)</texto>
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