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    <fecha_publicacion>2021/06/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Cultura. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>146</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>FUENLABRADA</organismo>
    <organismo>Patronato Municipal de Cultura</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Patronato Municipal de Cultura
55Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Cultura. Extracto convocatoria subvenciones
Resolución 200/2021, de 4 de junio, para subsanación de error material de la convocatoria 2021 de subvenciones a asociaciones y entidades de carácter cultural.
BDNS (identif): 555494
Corrección del anuncio 03/11.579/21, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 80, de 5 de abril de 2021, por el que se efectúa la Convocatoria General de subvenciones a asociaciones y entidades de carácter cultural correspondiente al ejercicio 2021.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 80, de 5 de abril del corriente, se procedió a la publicación del anuncio número 03/11.579/21 de referente al Extracto de la Convocatoria General de subvenciones a asociaciones y entidades de carácter cultural correspondiente al ejercicio 2021.
Con posterioridad, y como consecuencia de un error material de transcripción subsanable en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a modificar el texto de la convocatoria aprobada en los siguientes términos:
Se modifican los artículos 14 letra f), artículo 14.2 y artículo 16 de la convocatoria, en los siguientes términos:
.	Artículo 14.f) y artículo 14.2:
	Donde dice: “no conlleva liquidación de intereses si se procede al reintegro de los mismos antes de la fecha fin de la justificación el 28 de febrero de 2022”. 
	Debe decir: “conlleva la correspondiente liquidación de intereses si se procede al reintegro de los mismos antes de la fecha fin de la justificación el 28 de febrero de 2022” 
.	Artículo 16 de la convocatoria:
	Donde dice: “no conlleva el pago de intereses de demora”.
	Debe decir: “conlleva el pago de intereses de demora”.
En Fuenlabrada, a 10 de junio de 2021..La vicepresidenta del Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada, Mónica Sebastián Pérez.
(03/21.016/21)</texto>
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