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    <titulo>– Batres. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección bienes públicos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BATRES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BATRES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
49Batres. Organización y funcionamiento. Ordenanza protección bienes públicos
El Pleno del Ayuntamiento de Batres, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2021, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la protección de los bienes públicos y elementos naturales, urbanísticos y arquitectónicos y convivencia cívica, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento (https://www.batres.es).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada ordenanza.
Batres, a 7 de junio de 2021..El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.
(03/20.562/21)</texto>
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