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    <titulo>Parla número 5. Procedimiento 21/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 5
88Parla número 5. Procedimiento 21/2020
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 21/2020, entre PSA Financial Services Spain, E. EF. C., S. A., y Get Along, S. L., en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Que, estimando la demanda interpuesta por PSA Financial Services Spain, EFC, S. A., representada por el procurador Sr. Bartolomé Dobarro, contra Get Along, S. L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la parte demandada:
a)	A la restitución inmediata del bien arrendada, vehículo con matrícula 8461NKY.
b)	Al abono de 12.413,20 euros por cuotas impagadas y gastos de devolución y penalización.
c)	Al abono de una cantidad equivalente al 150 por 100 de una nueva renta completa por importe de 599,25 euros por cada mes de retraso desde el momento que debió realizarse la devolución el 14 de agosto de 2019 hasta la fecha de devolución efectiva del bien arrendado, cantidad a determinar en ejecución de sentencia con estas bases.
d)	Al abono del interés pactado.
Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, conforme a los artículos 457 y siguientes de la LECn, previa consignación de depósito de 50 euros previsto en la disposición adicional 15.a   de la LOPJ.
Así, por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencia civiles de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimoniales literal de la misma, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Get Along, S. L., expido y firmo la presente en Parla, a 29 de abril de 2021..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/17.299/21)</texto>
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