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    <identificador>BOCM-20210607-98</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento 1293/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
98Madrid número 9. Procedimiento 1293/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Carmen Martín García, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1293/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. SERGIO MORENO MORENO frente a INOBIAL ACTIVIDADES Y SERVICIOS SL sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia n.o: 177/2021.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. SERGIO MORENO MORENO debo condenar y condeno a la entidad INOBIAL ACTIVIDADES Y SERVICIOS S.L. a abonar al demandante la cantidad de 1.531,93 euros, más el 10% de interés en concepto de mora; debiendo absolver a FOGASA sin perjuicio del artículo 33 E.T. 
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a INOBIAL ACTIVIDADES Y SERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diez de mayo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.384/21)</texto>
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