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    <identificador>BOCM-20210607-90</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 82/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
90Madrid número 9. Ejecución 82/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 82/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ELENA LILIANA RACAN frente a ARTE 3000 MANIPULADOS Y RETRACTILADOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución el día de hoy:

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a Dña. ELENA LILIANA RACAN con ARTE 3000 MANIPULADOS Y RECTATILADOS S.L. condenando a ésta última al abono a la actora de las siguientes cantidades en concepto de indemnización y salarios de tramitación:

Indemnización: 2.361,83 euros y Salarios de tramitación: 7.300,48 euros.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2507 0000 64 0082 21.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ARTE 3000 MANIPULADOS Y RETRACTILADOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de mayo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.301/21)</texto>
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