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    <titulo>– El Boalo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE EL BOALO
RÉGIMEN ECONÓMICO
41El Boalo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto de la convocatoria: Extracto de la Resolución de Alcaldía número 222, de 25 de mayo de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas directas destinadas a las inversiones necesarias para garantizar las medidas de seguridad e higiene frente al COVID-19.
BDNS (Identif.): 566512
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.  Beneficiarios..Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que lleven a cabo actividades económica por cuenta propia y que reúnan los siguientes requisitos:
.	Pertenecer al colectivo Pymes, empresas que ocupen a menos de 250 personas cuyo volumen anual no exceda de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros, de acuerdo con la definición establecidas en el reglamento número 651/2014 de la Comisión Europea. Se entienden incluidos en este concepto los trabajadores autónomos y profesionales independientes.
.	Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas en la fecha de presentación de solicitud. Se deberá adjuntar una copia del I.A.E. junto con la solicitud.
.	Tener domicilio fiscal y desarrollar su actividad empresarial en cualquiera de los municipios de El Boalo, Cerceda o Mataelpino.
.	Estar al corriente en el pago de impuestos y tasas con el Ayuntamiento de El Boalo.
.	Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
.	Tener debidamente justificadas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino de ejercicios anteriores, encontrándose al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
.	No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Modelo 1).
Segundo.  Objeto..La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas directas destinadas a financiar los gastos derivados de las inversiones necesarias para garantizar las medidas de seguridad e higiene, frente al COVID-19, de personal y clientes de Pymes y autónomos, realizadas por las empresas de nuestros municipios de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.
Tercero.  Bases reguladoras..La Resolución de Alcaldía número 222, de 25 de mayo de 2021, publicada en la página web del Ayuntamiento de El Boalo y en el tablón de anuncios.
Cuarto.  Cuantía..La cantidad máxima a subvencionar será de:
.	Hasta 500 euros para autónomos o Pymes que tengan hasta un trabajador a su cargo, debiendo justificar, en este caso, un gasto mínimo de 1.000 euros.
.	Hasta 1.000 euros para Pymes que tengan hasta cinco trabajadores a su cargo.
.	Hasta 1.500 euros para Pymes que tengan más de cinco trabajadores a su cargo.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..Quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento de El Boalo.
El Boalo, a 27 de mayo de 2021..El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.
(03/19.631/21)</texto>
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