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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Arganzuela
41Madrid. Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto del Decreto de 4 de mayo de 2021, de la concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela, por el que se convalida el Decreto de 16 de marzo de 2021, de aprobación de la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo 2021-2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): números de identificación: ID 563092 (Ejercicio 2021, SUBCO 109) ID 563095 (Ejercicio 2022, SUBCO 110)
Primero.  Beneficiarios..Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Arganzuela y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017,  (OBRGS).
Segundo.  Objeto..Las finalidades de esta convocatoria de subvenciones son la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que ésta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de vista personal, económico y social.
Tercero.  Bases reguladoras..Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es.
Cuarto.  Cuantía..El importe total destinado a la convocatoria del año 2021 asciende a 120.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
.	Modalidad de proyectos: 56.000 euros.
.	Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 64.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:
	Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 32.000 euros.
	Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 32.000 euros.
El importe total destinado a la convocatoria del año 2022 asciende a 120.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
.	Modalidad de proyectos: 56.000 euros.
.	Modalidad de tastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 64.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:
	Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 32.000 euros.
	Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 32.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes.
Convocatoria ordinaria 2021: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Convocatoria anticipada 2022: El plazo de presentación de solicitudes será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.
Sexto.  Otros datos..Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyectos por convocatoria para cada anualidad. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.500 euros para las anualidades 2021 y 2022, impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 4.000 euros.
En la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 4.000 euros para las anualidades 2021-2022.
La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 5.000 euros para las anualidades 2021-2022.
No podrán acceder a esta convocatoria aquellas entidades que figuren como beneficiarias en el Anexo de subvenciones nominativas del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para la anualidad 2021.
Madrid, a 4 de mayo de 2021..La concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela, M. Cayetana Hernández de la Riva.
(03/16.997/21)</texto>
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