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– Extracto de Resolución de 7 de mayo de 2021, del Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de ayudas a las asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2021</titulo>
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C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
32EXTRACTO de Resolución de 7 de mayo de 2021, del Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de ayudas a las asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2021.
BDNS: 563111
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero
Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas todas las asociaciones que figuren en el Registro de Asociaciones de la Universidad Rey Juan Carlos y aquellas que hayan solicitado la inclusión en el registro de asociaciones de la URJC con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos para ello.
Segundo
Objeto
Para promocionar y fomentar el asociacionismo entre los estudiantes de la Universidad, y con el fin de sufragar los gastos ocasionados por las actividades que realicen en la consecución de sus fines, se convocan estas ayudas dirigidas a las Asociaciones de Estudiantes de la URJC.
Tercero
Bases reguladoras
La convocatoria se regula por las bases publicadas en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos: https://sede.urjc.es/tablon-oficial
Cuarto
Cuantía
Las ayudas para cada asociación en la presente convocatoria en ningún caso podrán superar los 4.000 euros.
Las ayudas económicas se harán con cargo a la aplicación presupuestaria 30.VC.EU.EU 423B 486.03 Asociaciones, por un importe máximo de 35.000 euros, del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Extensión Universitaria correspondiente al año 2021.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comprenderá los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la Resolución de las bases de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Lugar de presentación
Las solicitudes deberán dirigirse al Vicerrectorado de Extensión Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, Edificio del Rectorado, quinta planta (despacho 505), calle Tulipán, sin número, 28933 Móstoles, como órgano responsable de la tramitación de la presente subvención. Dichas solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de los Registros de la URJC, además de cualesquiera de los diferentes medios que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo
Fallo del concurso
La Comisión de Asociaciones, evaluadas las solicitudes admitidas, formulará propuesta de resolución provisional indicando la aprobación o denegación de la ayuda solicitada, concediendo a los interesados un plazo de diez días para formular alegaciones, a contar desde la publicación de dicha propuesta en el tablón electrónico oficial de la URJC.
Octavo
Resolución y Recursos
Finalizado el plazo de presentación de alegaciones, la Comisión de Asociaciones, mediante el Vicerrectorado de Extensión Universitaria, como órgano responsable de la tramitación de la presente convocatoria, formulará propuesta definitiva de concesión de ayudas que será elevada al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, quien emitirá la Resolución definitiva de adjudicación, siempre que concurran los supuestos legales para ello.
Contra dicha resolución, que agotará la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución, según lo dispuesto el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, el interesado podrá optar por interponer ante la citada resolución, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicte, en el plazo de un mes contado desde el su siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Móstoles, a 7 de mayo de 2021..El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.
(03/16.978/21)</texto>
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