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– Extracto de la Resolución de 7 de mayo de 2021, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de ayudas a deportistas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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C) Otras Disposiciones
UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
31EXTRACTO de la Resolución de 7 de mayo de 2021, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de ayudas a deportistas.
BDNS: 563091
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero
Beneficiarios
Ser estudiante de la Universidad Rey Juan Carlos durante el curso académico 2020-2021 (en estudios de primer, segundo y tercer ciclo, Grado, Máster y Doctorado) y haber alcanzado los méritos deportivos que aparecen detallados en los criterios de selección que figuran en el Anexo 1.1 de esta convocatoria.
Para la concesión de la ayuda económica para gastos de estudios será imprescindible haber superado el 75 por 100 de los créditos matriculados en el presente curso académico.
Segundo
Objeto
El objeto de esta convocatoria es facilitar la participación de los estudiantes en competiciones deportivas en representación de la Universidad, haciéndola compatible con su formación académica.
Tercero
Bases reguladoras
La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad (https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios).
Cuarto
Cuantía
El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 10.000 euros.
Estas ayudas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 30.VC.EU.DP, 423B, 483.00 denominada “Becas, formación y otras” correspondiente al Vicerrectorado de Extensión Universitaria del Presupuesto de la Universidad Rey Juan Carlos del ejercicio 2021.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación del extracto hasta el día 30 de junio de 2021.
Deberá presentarse en el Servicio de Deportes de la URJC (donde se te entregará copia sellada) o, dirigido al Servicio de Deportes de la URJC, en cualquiera de los registros de la Universidad Rey Juan Carlos, o bien, mediante alguno de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido al Vicerrector de Extensión Universitaria, como órgano responsable de la tramitación de la presente subvención.
Sexto
Otros datos
Junto con el impreso de solicitud se deberá entregar la siguiente documentación:
.	Documentación que acredite el cumplimiento del requisito académico citado en el punto 3 de esta convocatoria.
.	Relación de méritos deportivos (solo en aquellos casos en los que se hayan alcanzado En competiciones externas a la Universidad Rey Juan Carlos y sin representarla).
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
El Jurado de Selección será el formado por la Vicerrectora de Extensión Universitaria, la Vicerrectora de Estudiantes y el Jefe del Servicio de Deportes de la Universidad Rey Juan Carlos.
Los criterios son los establecidos en el Anexo 1.1 de la convocatoria.
Octavo
Resolución y recursos
El señor Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.
Contra dicha Resolución, que agotará la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la citada resolución, según lo dispuesto el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, el interesado podrá optar por interponer ante la citada resolución recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicte, en el plazo de un mes contado desde el su siguiente a su notificación, en cuyo caso no podrá interponer recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Móstoles, a 7 de mayo de 2021..El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López. 
(03/16.973/21)</texto>
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