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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 91/2021</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30
184Madrid número 30. Ejecución 91/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. M. LUISA GARCÍA TEJEDOR, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 91/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MANUEL DIAZ CORENTO frente a ALUMINIOS ESCOBAR SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

. AUTO de fecha 16/04/2021 MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2803-0000-64-0091-21.

. D.O con citación a comparecencia de incidente 14/07/2021 A LAS 08:50 horas y con MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S.).

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALUMINIOS ESCOBAR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.928/21)</texto>
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