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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 23/2021</titulo>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
114Madrid número 12. Ejecución 23/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución 23/2021 (AUTOS 672/2020) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANGEL FRUTOS GONZALEZ frente a VERSATEC IBERIA GESTION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha Auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. ANGEL FRUTOS GONZALEZ, frente a la demandada VERSATEC IBERIA GESTION SL, parte ejecutada, por un principal de 28.635,04 euros, más 2.864,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. 
Notifíquese la presente resolución a las partes. 

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2510-0000-64-0023-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez 

D./Dña. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO
EL MAGISTRADO-JUEZ 
 
Y para que sirva de notificación en legal forma a VERSATEC IBERIA GESTION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.953/21)</texto>
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