<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210512-150</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/05/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Alicante número 1. Procedimiento 23/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>112</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20210512-150</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/12/BOCM-20210512-150.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/12/BOCM-20210512-150.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/12/BOCM-20210512-150.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/05/12/BOCM-20210512-150.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1
150Alicante número 1. Procedimiento 23/2020
EDICTO
JOSÉ AGUSTÍN RIFÉ FERNÁNDEZ-RAMOS, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número uno de Alicante.
Por medio del presente edicto hace saber:
Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 000023/2020 por Cantidades instado por AXEL FLORENT PHILIPPE RUIZ frente a FOGASA y DE TANYTA SL se ha dictado sentencia de fecha 24/03/21, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 
“FALLO: Estimando la demanda presentada por Don Axel Florent Philippe Ruiz frente a De Tanita S.L., condenando a la demandada al abono de 1231,64euros, más el interés por mora del 10%, que asciende a 123,16 euros”.
Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, manda y firma el Ilmo/a. Sr/a. D/a MARIA PILAR MARIN ROJAS, Magistrado/a-Juez, del Juzgado de lo Social Nº Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Y para que sirva de notificación a la empresa TANYTA S.L cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en C/ DEL PRADO DE LAS BANDERILLERAS Nº 5 CP 28770 COLMENAR VIEJO (MADRID) y a su administrador D. Simon Zadvornyy expido el presente en Alicante a uno de abril de dos mil veintiuno para su inserción en el B.O.P.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.710/21)</texto>
</documento>