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    <identificador>BOCM-20210414-177</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/04/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento 1375/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>88</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
177Móstoles número 1. Procedimiento 1375/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 1375/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LORENA ALONSO JULIAN frente a ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

 FALLO

 ESTIMAR la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Lorena Alonso Julián contra Almar Chiringuito Urbano S.L., CONDENANDO a Almar Chiringuito Urbano S.L. a abonar a Doña Lorena Alonso Julián la cantidad de 957,04 euros brutos más el 10 % de interés por mora.

 No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

 Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que CONTRA LA MISMA NO CABE INTERPONER RECURSO ALGUNO.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALMAR CHIRINGUITO URBANO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a dieciséis de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.776/21)</texto>
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