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    <fecha_publicacion>2021/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 1273/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
184Madrid número 24. Procedimiento 1273/2019
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1273/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANA MARTIN HERNANDEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y VOS BREAN, SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a tres de marzo de dos mil veintiuno.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 24, D./Dña. JACOB JIMÉNEZ GENTIL los presentes autos n° 1273/2019 seguidos a instancia de Dña. ANA MARTIN HERNANDEZ contra VOS BREAN, SL sobre Reclamación de Cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 50 y en la forma del artículo 97.2 de la LRJS

SENTENCIA número 72/2021, cuya documentación consta en el soporte audiovisual degrabación y siendo el fallo dictado el siguiente:

FALLO

“ESTIMO la demanda presentada por Dña. ANA MARTIN HERNANDEZ asistido por el letrado D. Andrés Alberto Fariña de Elena, contra, VOS BREAN, SL y FOGASA que no comparecen, y en consecuencia:

Condeno a VOS BREAN, SL a abonar a Dña. ANA MARTIN HERNANDEZ la cantidad de 1.149,63 euros con el recargo del articulo 29.3 ET sobre los conceptos salariales.
Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VOS BREAN, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN DE JUSTICIA
(03/8.553/21)</texto>
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