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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 923/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4
104Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento 923/2018
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos número 923/2018, por no ser conocido el domicilio de doña Salome Atehortua Montoya, por resolución de 4 de septiembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 4 de septiembre de 2020.
Fallo
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor Hernández Berrocal, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra doña Salome Atehortua Montoya, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad 8.748,01 euros, más los intereses moratorios pactados, al tipo del 10,99 por 100, desde la interposición de la demanda, y con expresa condena en costas de la demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en apelación en este Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455, 458 y siguientes de la LEC.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación
La presente sentencia ha sido dada, leída y publicada por la ilustrísima señora magistrada-jueza que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública en mi presencia, la letrada de la Administración de Justicia de este Juzgado..Doy fe.
Y para que sirva de a doña Salome Atehortua Montoya, expido y firmo la presente.
Torrejón de Ardoz, a 4 de septiembre de 2020..El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/27.548/20)</texto>
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