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    <identificador>BOCM-20210318-217</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 309/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
217Madrid número 39. Procedimiento 309/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ  LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 309/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JOHANNA MARIA RODRIGUEZ ROMERO frente a DELICATESSEN HHNOS DOVAL S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :
                                                           FALLO
Estimando la demanda interpuesta por Dña. Johanna María Rodríguez Romero, frente a la empresa DELICATESEN HERMANOS DOVAL S.L., en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa; al abono a la demandante de la suma de 701,97 euros, en concepto de cantidad salarial bruta reclamada, que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en los plazos y forma establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.   
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA  a DELICATESSEN HHNOS DOVAL S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid , a quince de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.471/21)</texto>
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