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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 1239/2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2
70Móstoles número 2. Procedimiento 1239/2013
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1239/2013, entre Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., y doña María Julia Ramírez Crespo y don Aurelio Teodoro Mayoral Caja, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 263 de 2019
En Móstoles, a 5 de noviembre de 2019..Doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1239/2013, a instancias de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., representada por el procurador don Javier García Guillén y asistida de la letrada doña María del Carmen García Guillén, frente a don Aurelio Teodoro Mayoral Caja y doña María Julia Ramírez Crespo, esta última representada por la procuradora doña Sara Martín Sansegundo y asistida de la letrada doña Inmaculada Santano López.
Fallo
Se estima la demanda interpuesta por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., frente a don Aurelio Teodoro Mayoral Caja, y, en consecuencia, se condena al codemandado a abonar a la actora el importe de 14.467,75 euros, más el interés moratorio pactado desde la interposición de la demanda. Se desestima la demanda respecto de doña María Julia Ramírez Crespo, absolviendo a esta de todos los pedimentos esgrimidos en su contra en la demanda. Con expresa condena en costas a la parte codemandada, don Aurelio, salvo las causadas por doña María Julia Ramírez, que serán abonadas por la parte demandante.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial, en el plazo de veinte días, a contar del siguiente de su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a don Aurelio Teodoro Mayoral Caja, expido y firmo la presente.
En Móstoles, a 29 de abril de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/7.948/21)</texto>
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