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    <titulo>– Villa del Prado. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO
RÉGIMEN ECONÓMICO
65Villa del Prado. Régimen económico. Presupuesto general
De conformidad con el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y teniendo en cuenta que la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de febrero de 2021, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general 2021, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el citado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Villa del Prado, a 1 de marzo de 2021..El alcalde, Héctor Ortega Otero.
(03/7.410/21)</texto>
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