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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 3. Procedimiento 645/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>56</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3
64Torrejón de Ardoz número 3. Procedimiento 645/2020
EDICTO
Doña María Ángeles Fernández Cruz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 645/2020, instados por Procurador D. Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Buildingcenter, S. A. U., contra ignorados ocupantes de la avenida de la Constitución, urbanización Camino del Canto, bloque 9, número 16, planta primero B, en reclamación de juicio verbal por precario, en los que se ha dictado en fecha 1 de diciembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda articulada por la representación procesal de la mercantil Buildingcenter, S. A. U., frente a los ignorados ocupantes del inmueble ubicado en la avenida de la Constitución, urbanización Camino del Canto, bloque 9, número 16, planta primera, puerta B, de Torrejón de Ardoz, declaro que los referidos ignorados ocupantes ocupan el precitado inmueble sin título y en situación de precario y, en su consecuencia, declarando igualmente haber lugar al desahucio de éstos, les condeno a dejar la finca ubicada en la avenida de la Constitución, urbanización Camino del Canto, bloque 9, número 16, planta primera, puerta B, de Torrejón de Ardoz, libre, vacua y expedita y a disposición de la mercantil demandante bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Todo ello con imposición a la parte demandada de las costas que se hayan generado con ocasión del presente procedimiento en el solo supuesto de que se hubieren devengado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 3202-0000-00-0645-20 de este órgano.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes de la avenida de la Constitución, urbanización Camino del Canto, bloque 9, número 16, planta primero B, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el bocam.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Torrejón de Ardoz, a 23 de diciembre de 2020..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/3.787/21)</texto>
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