<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210219-45</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/02/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento 541/2017</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>42</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20210219-45</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/02/19/BOCM-20210219-45.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/02/19/BOCM-20210219-45.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/02/19/BOCM-20210219-45.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/02/19/BOCM-20210219-45.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3
45Madrid número 3. Procedimiento 541/2017
EDICTO
Doña Carmen Salgado Suárez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 541/2017, instados por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Canal de Isabel II, contra don Ángel Rodríguez Pintado, en los que se ha dictado, en fecha 16 de enero de 2018, sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Estimo la demanda formulada por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra don Ángel Rodríguez Pintado, y, en su virtud, condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de 2.907,85 euros, más sus intereses legales y con imposición de costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe interponer recurso de apelación (artículo 455.1 de la LEC).
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta única instancia, la pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio  del demandado, don Ángel Rodríguez Pintado, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 29 de enero de 2021..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.285/21)</texto>
</documento>