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    <titulo>– Brea de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
37Brea de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2020, acordó la aprobación inicial de expediente de modificación de créditos dentro del presupuesto de 2020, en la modalidad de crédito extraordinario y de suplemento de crédito, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones y mediante mayores ingresos.
Aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos dentro del presupuesto de 2020, en la modalidad de crédito extraordinario y de suplemento de crédito, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones y mediante mayores ingresos, por acuerdo del Pleno de fecha 30 de diciembre de 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Brea de tajo, a 11 de enero de 2020..El alcalde, Rafael Barcala Gómez.
(03/439/21)</texto>
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