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    <titulo>Fuenlabrada número 3. Procedimiento 601/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 3
87Fuenlabrada número 3. Procedimiento 601/2019
EDICTO
Doña María Sonia Rica de Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 601/2019, instados por el procurador D. Julián Caballero Aguado, en nombre y representación de Acciona Forwarding, S. A., contra Hua Xi Cheng, S. L., en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 16 de octubre de 2020, sentencia cuyo fallo es el siguiente
Fallo
Estimar totalmente la demanda formulada por el procurador señor Caballero Aguado, en nombre y representación de Acciona Forwarding, S. A., contra Hua Xi Cheng, S. L., y por ello, condenar a Hua Xi Cheng, S. L., a abonar a Acciona Forwarding, S. A., la cantidad de 7.926,90 euros, más los intereses contemplados en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, desde que se debieron abonar las cantidades adeudadas hasta que se produzca el pago total del principal antes indicado, a determinar en trámite de ejecución de sentencia.
Las costas procesales de esta instancia serán abonadas por la parte demandada.
Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la anterior cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2402-0000-04-0601-19 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2402-0000-04-0601-19.
Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así, por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo..El/la magistrado/a-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada Hua Xi Cheng, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Fuenlabrada, a 9 de diciembre de 2020..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/35.583/20)</texto>
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