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    <titulo>Madrid. Sección Décima. Procedimiento 21/2020</titulo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
76Madrid. Sección Décima. Procedimiento 21/2020
Sección Décima
EDICTO
Por la Sección Décima de la Audencia Provincial de Madrid, siendo ponente el magistrado D. José Manuel Arias Rodríguez, en el rollo de apelación 21/2020, dimanante de autos de procedimiento ordinario 137/2017, del Juzgado Mixto número 2 de Coslada, seguidos entre partes: de una, como demandante-apelante, Dña. María Rosario Ayuso Díaz, y de otra, como demandados: D Antonio Gila González y Promotora Angosa 2002, S. L., declarados rebeldes en la primera instancia:
Se ha dictado sentencia en fecha 13 de noviembre de 2020, en la que se desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte apelante, frente a la sentencia dictada en fecha 9 de enero de 2019, confirmando la indicada resolución y, en consecuencia declarando la falta de competencia objetiva para conocer la demanda formulada por la parte actora y señalándola de los Juzgados de lo mercantil que por turno corresponda, imponiendo a la parte apelante las costas procesales causadas en esta instancia.
Modo de impugnación: contra esta sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala, previa constitución, en su caso, del depósito para recurrir previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debiendo ser consignado el mismo en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta Sección, abierta en Banco Santander, con el número de cuenta 2577-0000-00-0021-20, bajo apercibimiento de no admitir a trámite el recurso formulado.
Y para que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes Promotora Angosa 2002, S. L., y D. Antonio Gila González, declarados en situación procesal de rebeldía y cuyo domicilio es desconocido.
En Madrid, a 1 de diciembre de 2020..La letrada de la Administración de Justicia de la Sección, María Isabel Alonso Grañeda.
(02/33.392/20)</texto>
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