<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210105-174</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/01/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Valencia número 1. Procedimiento 123/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>3</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://www.bocm.es/bocm-20210105-174</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/05/BOCM-20210105-174.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/05/BOCM-20210105-174.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/05/BOCM-20210105-174.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/05/BOCM-20210105-174.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 1
174Valencia número 1. Procedimiento 123/2020
EDICTO
DOÑA M.ª JOSÉ NAVARRO MELCHOR, LETRADA DE LA A. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE LOS DE Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos despidos/ceses en general [DSP] 123/2020 a instancias de ÓSCAR AZNAR GUERRERO contra INICIATIVAS DE INVERSIÓN A LA PARRILLA. S. L., en el que, por medio del presente se cita a INICIATIVAS DE INVERSIÓN A LA PARRILLA, S. L., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Avenida del SALER, 14-2.º Amarilla, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 15/2/2001 A LAS 11:20 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes, y asimismo y de conformidad con el artículo 59.2 de la LRJS las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la Oficina Judicial, por el medio establecido al efecto, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de un emplazamiento.

En Valencia, a 21 de diciembre de 2020.

LETRADA DE LA A. DE JUSTICIA
(03/35.648/20)</texto>
</documento>