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    <titulo>– Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
57Valdeolmos-Alalpardo. Régimen económico. Ordenanza fiscal
En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo provisional, adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria de 16 de diciembre de 2020, de modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de distribución de agua en la urbanización Miraval.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas contra dicha modificación, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a)	Plazo de exposición y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
Alalpardo, a 18 de diciembre de 2020..El alcalde-presidente, Miguel Ángel Medranda Rivas.
(03/35.370/20)</texto>
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