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    <titulo>– Puentes Viejas. Organización y funcionamiento. Reglamento Registro Uniones de Hecho</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
51Puentes Viejas. Organización y funcionamiento. Reglamento Registro Uniones de Hecho
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de diciembre de 2020, adoptó acuerdo de aprobación inicial del Reglamento del Registro de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Puentes Viejas; y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen convenientes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, el Reglamento se considerará aprobado definitivamente, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro de la misma en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Puentes Viejas, a 17 de diciembre de 2020..El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.
(03/35.199/20)</texto>
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