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    <titulo>Barcelona número 2. Procedimiento 147/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 2
181Barcelona número 2. Procedimiento 147/2019
EDICTO
Doña María Rosa Viñas Escobedo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nª 2 de Barcelona.
En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado sentencia de fecha 23.10.2020.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada OBRAS SERVICIOS CONSTRUCCIONES TARIJA, S.L.,y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.
Fine cinco días recurrir en suplicación
La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.
Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a OBRAS SERVICIOS CONSTRUCCIONES TARIJA, S.L. parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y a quien advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 23 de octubre de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/29.522/20)</texto>
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